El Impuesto Sobre la Renta, es el tributo que grava directamente a los contribuyentes en función de los enriquecimientos netos, anuales y disponibles obtenidos en dinero o en especie. Se aplica a todas las personas naturales y jurídicas que sean residentes o estén domiciliadas en el país, incluso cuando sus fuentes de riquezas estén situadas fuera del territorio nacional. Las personas que no sean residentes o no estén domiciliadas, también serán gravadas siempre que la fuente o la causa de sus rentas se localicen u ocurran en Venezuela.
Aquellas personas situadas en el exterior pero que tienen base fija o establecimiento permanente en el país, pagarán impuestos por los ingresos generados en la República de Venezuela, o fuera de ella, siempre que tales ingresos sean imputables al establecimiento permanente o base fija.
A efectos del Impuesto Sobre la Renta, los sueldos y salarios que reciben las personas naturales bajo relación de dependencia, se consideran rentas netas y serán gravadas. Mientras que para la determinación de la renta neta gravable proveniente de las actividades económicas, se deberá rebajar de los ingresos brutos los costos de los productos vendidos o servicios prestados, cuyo resultado será la renta neta, a la que luego se le restarán los gastos deducibles que permite la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
Las personas naturales disfrutaran de desgravámenes por concepto de lo pagado a instituciones educativas, por primas de hospitalización cirugía y maternidad, por servicios médicos, odontológicos y gastos de hospitalización y por el pago de intereses de créditos hipotecarios o alquiler de la vivienda que sirva de asiento principal. También podrán optar por el desgravamen único equivalente a 774 U.T. Además tendrán derecho a una rebaja personal de 10 unidades tributarias y 10 unidades por cada uno de sus ascendientes o descendientes directos dependientes.

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